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Nombre del programa o beneficio | Fuente legal | Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) |
Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Objetivo del subsidio o beneficio | Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona | Periodo de aplicación o de vigencia (dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa) |
Unidad monetaria | Monto total asignado al programa o beneficio |
Requisitos y antecedentes para postular | Periodo o plazo de postulación | Criterio de acceso | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
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ORASMI | Circular N° 35 del 05/08/2008, Circular N° 73 del 30/12/2011 , Circular N° 71 del 15/12/2014 Que Norma Sobre la Administración del Fondo ORASMI, Decreto Exento N°31 del 04/02/2020 | 05/08/2008 | Ver publicación | Desarrollar programas de acción social, que reflejen las políticas sociales del Gobierno en lo que respecta a la atención transitoria, exclusivamente de personas naturales que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad social, entendida ésta como las desigualdades y discriminaciones que están en la base de los riesgos sociales que afectan a familias y personas, tales como pérdida del empleo, trabajo precario, bajos ingresos, enfermedad y falta de educación, entre otras . | Departamento de Acción Social | 01/01/2020 - 31/12/2020 | Pesos | 24398624 | Requisitos: Podrán ser beneficiarios/as del fondo ORASMI, personas naturales, chilenos/ as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en una situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta. Antecedentes: Las solicitudes de ayuda deben estar respaldadas por la documentación que justifique la petición de ayuda. Asimismo, el único documento válido técnicamente para evaluar la solicitud y respaldar la entrega de beneficios es el Informe Social, que tendrá una vigencia de seis meses desde la fecha de emisión, elaborado por un(a) profesional Asistente Social con respaldo de una institución pública o privada. | Enero-Diciembre | Podrán ser beneficiarios/as del fondo ORASMI, personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta | Ver mayor información | Ver nómina de beneficiarios |