Transparencia Activa
 
Gobierno Transparente

Gobernación Provincial de Valparaíso - Gobierno Transparente
Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA UNA DE SUS UNIDADES U ÓRGANOS INTERNOS
En relación a los actos y documentos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010.  Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha de su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010.  Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la instrucción General N° 4 de Consejo para la Transparencia  

N° correlativo Unidad u Órgano Interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente Legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
1 Gobernador   Ejercer, de acuerdo a las instrucciones del delegado presidencial regional, la supervigilancia de los servicios públicos; ejercer las tareas de gobierno interior, destinadas a mantener en la provincia el orden público y la seguridad de sus habitantes y bienes; Aplicar las disposiciones legales sobre extranjería; Autorizar reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público, en conformidad con las normas vigentes; requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley; adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe; velar por el buen uso de la Bandera Nacional y permitir el uso de pabellones extranjeros en los casos que autorice la ley; autorizar la circulación de los vehículos de los servicios públicos creados por ley fuera de los días y horas de trabajo, así como la excepción de uso de disco fiscal, en conformidad con las normas vigentes; ejercer la vigilancia de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público, impedirá su ocupación ilegal o todo empleo ilegítimo y exigirá administrativamente su restitución cuando proceda; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones propias o delegadas; supervisar los programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos creados por ley efectúen en la provincia, que no dependan o se relacionen con el gobierno regional; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial;hacer presente al delegado presidencial regional o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le asignen.  DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 3,4  Ver Documento   22/02/2018 
2 Gobernador   Sin perjuicio de las facultades que le corresponden de acuerdo al Título Primero de esta Ley, tendrá a su cargo la administración superior de la respectiva provincia, y presidirá el consejo económico y social provincial (Párrafo 4° Del Consejo Económico y Social Provincial, artículos 48 al 60, derogado); ejercerá sus funciones con arreglo a la Constitución Política de la República, a las leyes, a los reglamentos supremos y a los reglamentos regionales; además de las atribuciones que el intendente pueda delegarle, ejercerá las siguientes: supervisar programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos efectúen en la provincia; proponer al intendente proyectos de desarrollo de la provincia; asesorar a las municipalidades en la elaboración y ejecución de programas y proyectos, cuando ellas lo soliciten; promover la participación del sector privado en las actividades de desarrollo de la provincia; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial y, especialmente, de los programas de infraestructura económica y social básica; hacer presente al intendente o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones o de las que le delegue el intendente; supervigilar los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas, que operen en la provincia, e i) Cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes le asignen;constituir un comité técnico asesor con autoridades de los servicios públicos creados por ley que operen en la región; El gobernador deberá dar cuenta al consejo económico y social provincial, semestralmente, sobre la marcha de la administración en el nivel provincial y de la ejecución de los programas y proyectos que se desarrollen en la provincia.   DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 44, 45, 46, 47  Ver Documento   22/02/2018 
3 Gobernador   Aplicar en la provincia las disposiciones legales sobre extranjería  D.L. 1.094, Establece Normas Sobre Extranjeros en Chile  Ver Documento   08/04/2011 
4 Gabinete  1. Realizar recomendaciones sobre los procesos que sea necesario, a fin de garantizar la eficacia y eficiencia de la gestión. 2. Dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades y medidas vinculadas al servicio. 3. Coordinar, supervigilar y fiscalizar los servicios públicos en el territorio. 4. Procesar y evaluar toda la información relativa a las tareas y funcionamiento del servicio, para la toma de decisiones. 5. Gestionar la coordinación y promoción de políticas y programas entre la entidad y los diferentes entes públicos y privados. 6. Representar a la autoridad en casos que lo requiera (actos oficiales, reuniones, etc.). 7. Atender a los usuarios, beneficiarios o clientes, entregando información requerida oportunamente. 8. Coordinar las reuniones del Comité Técnico Asesor y Gobierno en Terreno. 9. Supervisar la difusión de programas, proyectos y políticas a través de los medios de comunicación de la zona. 10. Revisar informes y documentos elaborados por las distintas Unidades de la Gobernación. 11. Informar y asesorar a la autoridad sobre contingencias relacionadas con el Orden Público, Seguridad Ciudadana, Crisis o Emergencia. 12. Realizar la gestión documental de la Unidad (Administrar el archivo, orden, clasificación, despacho, otros). 13. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de Sistema de Información de Gestión Electrónico, (SIGE) y de forma manual. 14. Mantener constante comunicación con los departamentos y unidades del Servicio 15. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad. 16. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la autoridad competente en el ámbito de sus funciones. 17. Elaborar, coordinar y fijar agenda de actividades de la Autoridad.   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
5 Secretaría Gobernador   1. Elaborar documentos propios de su cargo. 2. Concertar y establecer las audiencias con el Gobernador. 3. Confeccionar invitaciones y o citaciones a reuniones, dispuestas por el Gobernador. 4. Distribuir la documentación dirigida a los diversos departamentos de la Gobernación. 5. Realizar la gestión documental de la Unidad (Administrar el archivo, orden, clasificación, despacho, otros). 6. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de Sistema de Información de Gestión Electrónico, (SIGE) y de forma manual. 7. Atender público de manera presencial, telefónica y virtual. 8. Administrar el archivo (orden, clasificación, mantención, despacho, otros). 9. Recibir la documentación que los diferentes Departamentos o Unidades necesitan sea firmada o visada por el Gobernador. 10. Mantener actualizada la relación de autoridades locales, provinciales, regionales y nacionales. 11. Mantener constante comunicación con departamentos y unidades del Servicio. 12. Elaboración, actualización y mantención de directorio teléfonos y de datos de contacto de Autoridades del Sector Público y Privado. 13. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad. 14. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la autoridad competente en el ámbito de sus funciones. 15. Responsable de administrar Gastos Menores 16. Confeccionar agenda de actividades de la Autoridad informada por Jefe de Gabinete   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
6 Comunicaciones   Funciones comunicacionales en el ámbito de Seguridad Pública y conflictos. Planificar y coordinar con medios de comunicación, difusión de planes y desarrollo de políticas y tareas del servicio; coordinar puntos de prensa para dar a conocer por la autoridad aspectos a la comunidad del quehacer Institucional, beneficios y programas en general. Preparar boletines oficiales para prensa, radio, TV y similares. Realizar todas las acciones necesarias para el correcto desempeño de la tarea de comunicaciones, tanto interna como externa de la Gobernación. Actualizar semanalmente la Pág Web de la Gobernación y subir las noticias con las actividades que realice el Gobernador y/o los departamentos y programas de la Gobernación. Organizar, coordinar y controlar las conferencias de prensa que ofrezca el Gobernador. Confeccionar boletines, comunicados de prensa orientados a difundir materias específicas, de acuerdo a disposiciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenadas por el Gobernador. Atender, orientar y satisfacer las necesidades informativas de la ciudadanía relacionadas con el quehacer de la Gobernación.. Asesorar al Gobernador, en materias de Relaciones Públicas. Ser nexo entre la Gobernación y los medios de comunicación: escritos, sonoros y audiovisuales, coordinando su acción con corresponsales y directores de medios de comunicación que cubren el sector fiscal. Elaborar y planificar planes de estrategia comunicacional, según se requiera. Manejo de antecedentes de la actualidad provincial, regional y nacional. Realizar la gestión documental de la Unidad. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de SIGE y de forma manual. Mantener constante comunicación con los departamentos y unidades del Servicio. Colaborar en cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad. Realizar toda tarea que le se le encomiende en el ámbito de sus funciones.   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
7 Planificación   Formular proyectos mediante levantamiento de información de previa matriz de riesgo; planificar, ejecutar, controlar, evaluar proyectos previamente aprobados; ejecución completa y oportuna de proyectos; supervisión técnica y administrativa de proyectos; Administrar y aplicar los recursos transferidos, conforme a las necesidades y objeto de las actividades; Informar de la ejecución de los gastos y actividades de acuerdo a lo establecido en el convenio; Mantener informado al Gobernador sobre el seguimiento de las actividades de los proyectos; Rendir cuenta de la utilización de los recursos transferidos a los departamentos y/o unidades correspondientes a través de verificadores que den cuenta de la gestión realizada; Realizar la gestión documental de la Unidad; Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de SIGE y de forma manual; Mantener constante comunicación con departamentos y unidades del Servicio; Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad; Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la Autoridad competente en el ámbito de sus funciones; Coordinar reuniones de profesionales y/o administrativos de la Gobernación; Coordinar reuniones con jefes de servicios, coordinar reuniones con equipos de profesionales de municipio y Alcaldes; Coordinar la implementación de programas de nivel central en el territorio de la provincia; Seguimiento y Evaluación de instrumentos de Apoyo a la Gestión :PMG y CDC   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
8 Departamento Social   Asesorar y apoyar técnicamente a la autoridad lo relacionado con la organización, coordinación y ejecución de programas sociales de Gobierno. Apoyar a la autoridad provincial en la adecuada focalización de la inversión pública en materia de subsidios monetarios y fondos sociales; Apoyar a los Servicios Públicos y Municipalidades de la zona en materias vinculadas a la política y programas sociales de gobierno y otras relacionadas a situaciones sociales contingentes. Coordinar la Red Social de Apoyo Institucional de la provincia.; Coordinar, asesorar, supervisar y/o capacitar a los departamentos sociales municipales, en materias de Programas Sociales de Gobierno. Coordinar, supervisar y evaluar la correcta gestión y/o asignación de los subsidios estatales. Velar por la eficiencia, eficacia y oportunidad en la administración de los recursos del Programa Fondo Organizacional Regional de Acción Social (ORASMI). Manejo del Sistema SUI (Sistema Único de Ingreso). Administrar los recursos de ORASMI, procurando que su distribución y asignación se realice de acuerdo a la Circular N° 35 del 05/08/2008, Circular N° 73 del 30/12/2011 , Circular N° 71 del 15/12/2014 que norma sobre la Administración del Fondo ORASMI y Decreto Exento N° 87 del 04/01/2018; Entregar respuestas oportunas a las demandas de los (as) ciudadanos (as), de acuerdo con la Ley 19.880, que se le deriven. Difundir los Programas Sociales del Gobierno. Realizar la gestión documental de la Unidad. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de Sistema SIGE y de forma manual.Estar acreditado en Compras Públicas. Mantener constante comunicación con los departamentos y unidades del Servicio. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la autoridad competente en el ámbito de sus funciones.   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
9 Departamento de Administración y Finanzas   Formular y presentar proyecto de presupuesto de la entidad; Distribuir el presupuesto; Aplicar y velar por cumplimiento de procedimientos de control interno contables y financieros, según normas ys criterios de Contabilidad Gubernamental Nacional, de la Contraloría General de la República y de las instrucciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Custodiar los fondos, documentos, valores y otros bienes de la Institución. Ejecutar y controlar pagos de compromisos financieros. Elaborar y remitir informes de estado de situación y balances presupuestarios. Asesorar sobre materias de índole presupuestaria contable y en el ámbito financiero y presupuestario a las Unidades del servicio. Proveer en forma oportuna y eficaz la información y recursos financieros que requieran las distintas unidades para su funcionamiento Ejecutar, dirigir y controlar actividades referidas a la Administración de personal y de recursos físicos. Organizar y administrar el proceso de calificaciones. Dirigir y controlar actividades para proporcionar bienes y servicios que se requiera. Implementar sistemas de normas y procedimientos para servicios generales y logísticos. Autorizar y supervisar adquisición de bienes y servicios que requiere la Unidad para su funcionamiento, gestionar y supervisar el cumplimiento de contratos o convenios. Participar en los distintos comités relacionados con su quehacer. Coordinar los temas relativos a Ley de Transparencia, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente, con el Asesor Jurídico. Efectuar estudios, proponer planes y medidas de organización y racionalización de funciones y procedimientos, para optimizar la gestión. Realizar gestión documental de la Unidad a través de SIGE y de forma manual; Mantener constante comunicación con los departamentos y unidades del Servicio; Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad; Realizar toda otra tarea que le sea encomendada en el ámbito de sus funciones.   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
10 Departamento Jurídico  Elaborar, ejecutar, supervisar actos administrativos que se realizan en la entidad; Asesorar jurídicamente a los departamentos; Dar forma jurídico administrativa a las atribuciones ejercidas por la autoridad; Mantener informados a los distintos estamentos de la publicación y vigencia de normas legales y reglamentarias, especialmente atingentes al Servicio. Elaborar, revisar y supervisar contratos y convenios que firma la institución. Estar acreditado en Compras públicas; Confeccionar bases administrativas y técnicas licitaciones; Confeccionar Resoluciones de aprobación y adjudicación licitaciones, convenio marco y trato directo; Atender y orientar jurídicamente al público ante requerimiento de la autoridad. Patrocinar querellas relativas a delitos de connotación social derivados desde las autoridades. Asesorar judicialmente al servicio ante los tribunales respectivos. Tramitar judicialmente querellas o denuncias que determine presentar la autoridad, como asimismo presentar los requerimientos pertinentes ante los tribunales. Informar periódicamente al Gobernador de nóminas, avance de querellas y juicios en trámite y pendientes. Atender consultas de servicios públicos. Coordinar los temas relativos a la Ley de Transparencia, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente, en conjunto con el Jefe de Departamento de Administración y Finanzas. Asesorar y/o resolver materias relacionadas con la Ley de Extranjería. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la autoridad competente en el ámbito de sus funciones. Realizar la gestión documental de la Unidad. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la misma a través de SIGE y de forma manual. Mantener constante comunicación con los departamentos y unidades del Servicio. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión de la unidad. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada en el ámbito de sus funciones.   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
11 Departamento Extranjería   1. Atender público extranjero de manera presencial, virtual y telefónica, resolviendo consultas de usuarios desde al ámbito de su competencia. 2. Manejo e ingreso de actos administrativos relevante al Sistema Informático del Departamento de Extranjería (B3000). 3. Conocer e informarse sobre las materias de su competencia, en particular normativa vigente relativa a temas de extranjería. 4. Realizar la gestión documental de la Unidad (Administrar el archivo, orden, clasificación, despacho, otros). 5. Generar documentación de las unidades, realizar seguimiento e informar del estado de la+C13 misma a través de Sistema de Información de Gestión Electrónico, (SIGE) y de forma manual. 6. Despachar documentación vía Correos de Chile. 7. Mantener constante comunicación con el Departamento de Extranjería y Migración Nivel Central y con áreas de la Gobernación y cuando corresponda con Unidades de la Subsecretaría del Interior y con otros Servicios Públicos, de manera de optimizar el logro de objetivos de la Unidad. 8. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gestión del Área y de la Gobernación. 9. Realizar toda otra tarea que le sea encomendada por la autoridad competente en el ámbito de sus funciones 10. Responder a los requerimientos de Información en materias propias de Extranjería. 11. Mantener la información actualizada de las resoluciones exentas en banner de transparencia de la Gobernación Provincial   Resolución Exenta DGPVALP 20.871   Ver Documento   05/09/2018 
Volver al Portal de GobiernoTransparente Imprimir