N° correlativo | Nombre del programa o beneficio | Fuente legal | Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) |
Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Objetivo del subsidio o beneficio | Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona | Periodo de aplicación o de vigencia (dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa) |
Unidad monetaria | Monto total asignado al programa o beneficio |
Enlace a requisitos y antecedentes para postular | Periodo o plazo de postulación | Criterio de acceso | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
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1 | PROGRAMA ORASMI | Circular N° 35 de 05.08.2008. | 2008-08-05 | - | Atender en forma transitoria a personas o grupos familiares que se encuentren en estado de indigencia o necesidad manifiesta, que no pueden ser cubiertas, por su urgencia o características particulares por otras instituciones publicas de acuerdo a los ítems establecidos en la Circular N°35 del año 2008 del Ministerio del Interior. | Departamento Social | 01/01/2011 - 31/12/2011 | Pesos | 0 | http://www.interior.cl./orasmi.html | enero a diciembre | Podrán ser beneficiarios/as del fondo Orasmi, personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta | Ver mayor información | Ver nómina de beneficiarios |
2 | PROGRAMA ORASMI SUBSIDO DE GAS NATURAL (CONVENIO) | Circular N° 005 de 05.08.2008. | 0002-11-30 | - | Apoyar economicamente a familias de escasos recursos, a través de un subsidio de $12.200 en invierno (mayo-octubre) y $5.450 en verano (noviembre-abril) | Postulación: Didecos Municipalidades Punta Arenas, Natales y Porvenir Asignación: Departamento Social | 01/01/2011 - 31/12/2011 | Pesos | 0 | enero a diciembre | Familias de escasos recursos de las comunas de Punta Arenas, Natales y Porvenir, dirigido a pensionados con 1, 2 y 3 integrantes y familias donde exista un miembro en condición de postrado. Los criterios de selección para asignar los subsidios, se efectúa según ingreso percápita del grupo familiar, tomando como referencia los montos de pensiones mínimas del IPS y el ingreso percápita inferior al límite máximo del primer quintil de ingreso autónomo regional, determinado por la encuesta Casen. | - | Ver nómina de beneficiarios |