N° correlativo | Nombre del programa o beneficio | Fuente legal | Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) |
Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Objetivo del subsidio o beneficio | Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona | Periodo de aplicación o de vigencia (dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa) |
Unidad monetaria | Monto total asignado al programa o beneficio |
Enlace a requisitos y antecedentes para postular | Periodo o plazo de postulación | Criterio de acceso | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
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1 | ORASMI | CIRCULAR N° 35 DE 5.08.2008. RESOLUCION 650 DE 28.01.2011 DISTRIBUYE PRESUPUESTO ANUAL | 2008-08-05 | - | Atender en forma transitoria a personas o grupos familiares que se encuentren en estado de indigencia o necesidad manifiesta, que no pueden ser cubiertas, por su urgencia o características particulares por otras instituciones publicas de acuerdo a los ítems establecidos en la Circular E-29 del año 2003 del Ministerio del Interior. | Departamento Social | 01/01/2011 - 31/12/2011 | PESOS | 1500000 | Requisitos: Las solicitudes de ayuda deben estar respaldadas por la documentación que justifique la petición de ayuda. Asimismo, el único documento válido técnicamente para evaluar la solicitud y respaldar la entrega de beneficios es el Informe Social, que tendrá una vigencia de seis meses desde la fecha de emisión, elaborado por un(a) profesional Asistente Social con respaldo de una institución pública o privada. Las solicitudes de ayuda deben estar respaldadas por documentación que justifique la petición de ayuda; el único documento válido para respaldar la entrega de beneficios es el Informe Social actualizado, elaborado por un/a Asistente Social con el respaldo de una Institución pública o privada. Antecedentes: El formato único de informe social por medio del cual se recepcionaran las solicitudes de ayuda es el elaborado por el Departamento Social de la Subsecretaría del Interior, el que fue distribuido a los organismos de la Red Social por este Servicio. Al Informe Social o a la Ficha de Protección Social, se le debe adjuntar carta dirigida a la Autoridad Regional, fotocopia de Cédula de Identidad vigente del solicitante toda la documentación que respalde la petición. Así, por cada una de las áreas, la documentación mínima exigible, dependiendo de la petición. | Enero-Diciembre | Podrán ser beneficiarios/as del fondo ORASMI, personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta. | Ver mayor información | - |