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Gobierno Transparente

Intendencia Región de Valparaíso - Gobierno Transparente
Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA UNA DE SUS UNIDADES U ÓRGANOS INTERNOS
En relación a los actos y documentos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010.  Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha de su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010.  Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la instrucción General N° 4 de Consejo para la Transparencia  

N° correlativo Unidad u Órgano Interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente Legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
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1 INTENDENTE   Representación natural e inmediata del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Proponer al Presidente de la República, en forma reservada, con información al ministro del ramo, la remoción de los secretarios regionales ministeriales. Dirigir las tareas de gobierno interior en la región. Hacer presente a la autoridad administrativa competente del nivel central, con la debida oportunidad, las necesidades de la región. Adoptar las medidas necesarias para la adecuada administración de los complejos fronterizos establecidos o que se establezcan en la región. Dar cuenta, en forma reservada, al Presidente de la República, de las faltas que notare en la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial. Cumplir las demás funciones que le asignen las leyes y las atribuciones que el Presidente de la República le delegue, incluida la de otorgar personalidad jurídica a las corporaciones y fundaciones que se propongan desarrollar actividades en el ámbito de la región , ejerciendo al efecto las facultades que señalan los artículos 546, 548, 561 y 562 del Código Civil. Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe. Mantener permanentemente informado al Presidente de la República sobre el cumplimiento de las funciones del gobierno interior en la región, como asimismo sobre el desempeño de los gobernadores y demás jefes regionales de los organismos públicos que funcionen en ella. Ejercer la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, que operen en la región. Proponer al Presidente de la República una terna para la designación de los secretarios regionales ministeriales.   Art. N°2, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
2 GABINETE   Apoyar y asesorar, la gestión de la autoridad Regional, coordinando y ejecutando eficientemente los Programas y Políticas Públicas del Gobierno. Supervigilar la gestión y desarrollo de las acciones del servicio.   Art. N°2, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
3 DEPARTAMENTO JURIDICO   Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley. Dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones. Autorizar reuniones en plazas, calles y otros lugares de uso público. Efectuar denuncias o presentar requerimientos a los tribunales de justicia, conforme a las disposiciones legales pertinentes. Deducir denuncia o querella en caso de comisión de delitos que atenten contra la seguridad del Estado. Otorgar autorizaciones.   Art. N°2, de la Ley 19.175, DECRETO 1086 Sobre Reuniones públicas, DFL 7912 Decreto, DECRETO 890, DECRETO 955.   -   22/02/2018 
4 EXTRANJERIA   Aplicar administrativamente las disposiciones de la Ley de Extranjería, pudiendo disponer la expulsión de los extranjeros del territorio nacional.   Art. N°2, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
5 DEPTO. SOCIAL   Verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios que la ley otorga a los deudores del crédito solidario universitario y a los deudores del crédito para estudios de educación superior a que se refiere la ley Nº 20.027. Asesorar y apoyar técnicamente a la Autoridad en todo lo relacionado con la organización, coordinación y ejecución de programas sociales de Gobierno destinados a prevenir, mitigar, atender y solucionar los problemas derivados de emergencias, desastres y pobreza extrema en la región.   Ley 20.330 fomenta que profesionales y técnicos jóvenes presten servicios en comunas con menores niveles de desarrollo.   -   22/02/2018 
6 DEPTO. ADMIN. Y FINANZAS   Dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones. El Departamento de Administración y Finanzas es la encargada de la gestión administrativa y financiera, de la formulación y ejecución del presupuesto y de la provisión de los servicios generales de Intendencia Regional; de acuerdo a ello le corresponde coordinar, ejecutar, evaluar, supervisar y fiscalizar las acciones administrativas y financieras de los recursos humanos y materiales de Intendencia Regional.   Art. N°2, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
7 OFICINA PARTES   Unidad encargada de la recepción, registro, distribución, despacho y archivo de la documentación que ingresa y egresa en la Intendencia Regional. Depende del Departamento de Administración y Finanzas.   Art. N°1, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
8 UNIDAD DE PERSONAL   Efectuar la tramitación de todos los actos administrativos relacionados con permisos, feriados, licencias, cometidos, comisiones, destinaciones, renuncias voluntarias y otras materias relacionadas a los funcionarios de la planta administrativa de la Intendencia Regional. Tramitar ante el Departamento de Personal del Ministerio del Interior los nombramientos del personal de Intendencia, así como los beneficios o asignaciones que se les otorguen.   Art. N°1, de la Ley 19.175   -   22/02/2018 
9 OIRS   Otorgar una atención de calidad a las demandas ciudadanas manifestadas a la Intendencia Regional, y canalizadas por medio de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) y atender eficazmente los requerimientos documentales internos y externos, relativos a las funciones propias en materias de Partes.   Decreto Supremo Nº680 de 21 de septiembre de 1990 del Ministerio del Interior   -   05/12/1991 
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