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Gobernación Provincial de Marga Marga - Gobierno Transparente
Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA UNA DE SUS UNIDADES U ÓRGANOS INTERNOS
En relación a los actos y documentos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010.  Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha de su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010.  Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la instrucción General N° 4 de Consejo para la Transparencia  

N° correlativo Unidad u Órgano Interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente Legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
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1 Gobernador   Ejercer, de acuerdo a las instrucciones del delegado presidencial regional, la supervigilancia de los servicios públicos; ejercer las tareas de gobierno interior, destinadas a mantener en la provincia el orden público y la seguridad de sus habitantes y bienes; Aplicar las disposiciones legales sobre extranjería; Autorizar reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público, en conformidad con las normas vigentes; requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley; adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe; velar por el buen uso de la Bandera Nacional y permitir el uso de pabellones extranjeros en los casos que autorice la ley; autorizar la circulación de los vehículos de los servicios públicos creados por ley fuera de los días y horas de trabajo, así como la excepción de uso de disco fiscal, en conformidad con las normas vigentes; ejercer la vigilancia de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público, impedirá su ocupación ilegal o todo empleo ilegítimo y exigirá administrativamente su restitución cuando proceda; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones propias o delegadas; supervisar los programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos creados por ley efectúen en la provincia, que no dependan o se relacionen con el gobierno regional; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial;hacer presente al delegado presidencial regional o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le asignen.  DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 3,4  Ver Documento   22/02/2018 
2 Gobernador   Sin perjuicio de las facultades que le corresponden de acuerdo al Título Primero de esta Ley, tendrá a su cargo la administración superior de la respectiva provincia, y presidirá el consejo económico y social provincial (Párrafo 4° Del Consejo Económico y Social Provincial, artículos 48 al 60, derogado); ejercerá sus funciones con arreglo a la Constitución Política de la República, a las leyes, a los reglamentos supremos y a los reglamentos regionales; además de las atribuciones que el intendente pueda delegarle, ejercerá las siguientes: supervisar programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos efectúen en la provincia; proponer al intendente proyectos de desarrollo de la provincia; asesorar a las municipalidades en la elaboración y ejecución de programas y proyectos, cuando ellas lo soliciten; promover la participación del sector privado en las actividades de desarrollo de la provincia; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial y, especialmente, de los programas de infraestructura económica y social básica; hacer presente al intendente o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones o de las que le delegue el intendente; supervigilar los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas, que operen en la provincia, e i) Cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes le asignen;constituir un comité técnico asesor con autoridades de los servicios públicos creados por ley que operen en la región; El gobernador deberá dar cuenta al consejo económico y social provincial, semestralmente, sobre la marcha de la administración en el nivel provincial y de la ejecución de los programas y proyectos que se desarrollen en la provincia.   DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 44, 45, 46, 47  Ver Documento   22/02/2018 
3 Gobernador   Aplicar en la provincia las disposiciones legales sobre extranjería  D.L. 1.094, Establece Normas Sobre Extranjeros en Chile  Ver Documento   08/04/2011 
4 Gabinete Autoridad  Representa al Gobernador en la Provincia, en las instancias que la autoridad lo determine. Asesora y coordina la labor administrativa que se deriva de la gestión diaria del Gobernador. Asesora en materia comunicacional, proceso de implementación de actividades en terreno.  Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
5 Departamento Jurídico y Extranjería  Elabora, ejecuta y supervisa los actos administrativos de la Gobernación, orienta jurídicamente al público ante requerimiento de la autoridad. Además aplica la normativa para el tránsito y permanencia de extranjeros en el territorio nacional (ampliaciones, y prórrogas de visa, autorización de trabajo, permanencias definitivas, nacionalizaciones, sanciones, etc.)  Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
6 Departamento Social  Asesora a la autoridad en planes de inversión y focalización de recursos según necesidades del Gobierno y/o comunidad. Efectúa la gestión de programas sociales y sistemas de ayuda a la comunidad, implementando y supervisando programas de Gobierno, difundiendo y promocionando la oferta pública de estos Programas.   Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
7 Departamento de Administración y Finanzas  Tiene a su cargo la gestión administrativa y financiera, encargándose de la formulación y ejecución del presupuesto, llevar la contabilidad de las cuentas y provisión de servicios generales para el buen funcionamiento de la Gobernación. Además administra y efecuta el sistema de compras públicas.   Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
8 Finanzas y Adquisiciones  Tiene a su cargo la gestión administrativa y financiera, encargándose de la formulación y ejecución del presupuesto, llevar la contabilidad para el buen funcionamiento de la Gobernación. Además administra y efecuta el sistema de compras públicas.   Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
9 Oficina OIRS  Tiene a su cargo el proceso de información, reclamos y sugerencias del público, atendiéndolos y derivándolos a las distintas Unidades de la Gobernación. Maneja información de Instituciones Públicas de la Provincia, recibiendo consultas, reclamos y sugerencias.  Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
10 Oficina de Partes  Administra el proceso de ingreso de documentación y el despacho de correspondencia.  Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
11 Servicios Generales  Encargados de la conducción de los vehículos de la Gobernación, así como de la entrega dla correspondencia, archivo de la documentación, atención de usuarios presencial y telefónicamenta. Presta apoyo al Departamento de Administración y Finanzas en sus labores administrativas.  Resolución Exenta DGPMAR 9.971   Ver Documento   31/03/2017 
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