De conformidad a los artículos 38 y 43 de la Ley N° 19.974 la información sobre contrataciones relativas a bienes muebles o servicios, bienes inmuebles, compras menores a 3 UTM, contratos formalizados mediante orden de compra y contratos de tracto sucesivo realizados fuera del Sistema de Compras Públicas, reviste el caracter de secreta.