1 |
CUEVAS |
LEYTON |
EDUARDO JEAN-PIERRE |
1. Todas las tareas que le encomiende el Coordinador Delegado de Interior o quién lo subrogue.
2. Realizar informes técnicos periódicos sobre el estado de los equipos e instalaciones y las acciones de mantenimiento realizadas y programadas.
3. Organizar procesos de mantención preventiva de los equipos.
4. Velar por el buen uso de los materiales y suministros de energía eléctrica, combustibles y otros, proponiendo medidas que permitan maximizar la eficiencia en el uso de estos insumos.
5. Coordinar, controlar y realizar Inventario para cada tipo de bienes y equipo existente en el complejo fronterizo. |
TECNICO DE NIVEL SUPERIOR ADMINISTRACION MARITIMA |
No Aplica |
15 |
Pesos |
1.000.000 |
SI |
01/01/2021 |
31/12/2021 |
A PARTIR DEL 14/07/2021 CAMBIA DE DESTINACIÓN A DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE PARINACOTA DE ACUERO A LA LEY N° 20.990 |
2 |
FERNANDEZ |
ROJAS |
MIGUEL ANTONIO |
1. Subrogar al Coordinador Delegado.
2. Diseñar las normas administrativas y operativas para el funcionamiento eficiente y coordinado del complejo, en conjunto con los servicios públicos encargados del control fronterizo (Policía de Investigaciones, Aduana y SAG) y presentes en el complejo.
3. Asegurar el orden interno del respectivo complejo fronterizo, con el uso de la fuerza pública a su disposición. (Previa delegación de esta facultad desde el Gobernador Provincial).
4. Adoptar, en forma coordinada con los servicios de control fronterizo y con el país vecino (limítrofe), todas las medidas necesarias en casos de emergencia, riesgo climático y de prevención de riesgos.
5. Determinar en el Presupuesto anual, las necesidades de funcionamiento e inversión del complejo fronterizo en conjunto con la Gobernación Provincial y con la asesoría técnica de la Unidad de Pasos Fronterizos. |
INGENIERO EN PREVENCION DE RIESGOS |
No Aplica |
15 |
Pesos |
2.116.800 |
SI |
01/01/2021 |
31/12/2021 |
A PARTIR DEL 14/07/2021 CAMBIA DE DESTINACIÓN A DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE PARINACOTA DE ACUERO A LA LEY N° 20.990 |