N° correlativo | Unidad u Órgano Interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente Legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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1 | Gobernador | Ejercer, de acuerdo a las instrucciones del delegado presidencial regional, la supervigilancia de los servicios públicos; ejercer las tareas de gobierno interior, destinadas a mantener en la provincia el orden público y la seguridad de sus habitantes y bienes; Aplicar las disposiciones legales sobre extranjería; Autorizar reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público, en conformidad con las normas vigentes; requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley; adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe; velar por el buen uso de la Bandera Nacional y permitir el uso de pabellones extranjeros en los casos que autorice la ley; autorizar la circulación de los vehículos de los servicios públicos creados por ley fuera de los días y horas de trabajo, así como la excepción de uso de disco fiscal, en conformidad con las normas vigentes; ejercer la vigilancia de los bienes del Estado, especialmente de los nacionales de uso público, impedirá su ocupación ilegal o todo empleo ilegítimo y exigirá administrativamente su restitución cuando proceda; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones propias o delegadas; supervisar los programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos creados por ley efectúen en la provincia, que no dependan o se relacionen con el gobierno regional; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial;hacer presente al delegado presidencial regional o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le asignen. | DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 3,4 | Ver Documento | 22/02/2018 |
2 | Gobernador | Sin perjuicio de las facultades que le corresponden de acuerdo al Título Primero de esta Ley, tendrá a su cargo la administración superior de la respectiva provincia, y presidirá el consejo económico y social provincial (Párrafo 4° Del Consejo Económico y Social Provincial, artículos 48 al 60, derogado); ejercerá sus funciones con arreglo a la Constitución Política de la República, a las leyes, a los reglamentos supremos y a los reglamentos regionales; además de las atribuciones que el intendente pueda delegarle, ejercerá las siguientes: supervisar programas y proyectos de desarrollo que los servicios públicos efectúen en la provincia; proponer al intendente proyectos de desarrollo de la provincia; asesorar a las municipalidades en la elaboración y ejecución de programas y proyectos, cuando ellas lo soliciten; promover la participación del sector privado en las actividades de desarrollo de la provincia; disponer las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo provincial y, especialmente, de los programas de infraestructura económica y social básica; hacer presente al intendente o a los respectivos secretarios regionales ministeriales, con la debida oportunidad, las necesidades que observare en su territorio jurisdiccional; dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones o de las que le delegue el intendente; supervigilar los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas, que operen en la provincia, e i) Cumplir las demás funciones y ejercer las atribuciones que las leyes le asignen;constituir un comité técnico asesor con autoridades de los servicios públicos creados por ley que operen en la región; El gobernador deberá dar cuenta al consejo económico y social provincial, semestralmente, sobre la marcha de la administración en el nivel provincial y de la ejecución de los programas y proyectos que se desarrollen en la provincia. | DFL Nº 1, Fija Texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, art. N° 44, 45, 46, 47 | Ver Documento | 22/02/2018 |
3 | Gobernador | Aplicar en la provincia las disposiciones legales sobre extranjería | D.L. 1.094, Establece Normas Sobre Extranjeros en Chile | Ver Documento | 08/04/2011 |
4 | Gabinete Autoridad | Representa al Gobernador en la Provincia, en las instancias que la autoridad lo determine. Asesora y coordina la labor administrativa que se deriva de la gestión diaria del Gobernador. Asesora en materia comunicacional, proceso de implementación de actividades en terreno. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
5 | Departamento Jurídico y Extranjería | Elabora, ejecuta y supervisa los actos administrativos de la Gobernación, orienta jurídicamente al público ante requerimiento de la autoridad. Además aplica la normativa para el tránsito y permanencia de extranjeros en el territorio nacional (ampliaciones, y prórrogas de visa, autorización de trabajo, permanencias definitivas, nacionalizaciones, sanciones, etc.) | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
6 | Departamento Social | Asesora a la autoridad en planes de inversión y focalización de recursos según necesidades del Gobierno y/o comunidad. Efectúa la gestión de programas sociales y sistemas de ayuda a la comunidad, implementando y supervisando programas de Gobierno, difundiendo y promocionando la oferta pública de estos Programas. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
7 | Departamento de Administración y Finanzas | Tiene a su cargo la gestión administrativa y financiera, encargándose de la formulación y ejecución del presupuesto, llevar la contabilidad de las cuentas y provisión de servicios generales para el buen funcionamiento de la Gobernación. Además administra y efecuta el sistema de compras públicas. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
8 | Finanzas y Adquisiciones | Tiene a su cargo la gestión administrativa y financiera, encargándose de la formulación y ejecución del presupuesto, llevar la contabilidad para el buen funcionamiento de la Gobernación. Además administra y efecuta el sistema de compras públicas. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
9 | Oficina OIRS | Tiene a su cargo el proceso de información, reclamos y sugerencias del público, atendiéndolos y derivándolos a las distintas Unidades de la Gobernación. Maneja información de Instituciones Públicas de la Provincia, recibiendo consultas, reclamos y sugerencias. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
10 | Oficina de Partes | Administra el proceso de ingreso de documentación y el despacho de correspondencia. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |
11 | Servicios Generales | Encargados de la conducción de los vehículos de la Gobernación, así como de la entrega dla correspondencia, archivo de la documentación, atención de usuarios presencial y telefónicamenta. Presta apoyo al Departamento de Administración y Finanzas en sus labores administrativas. | Resolución Exenta DGPMAR 9.971 | Ver Documento | 31/03/2017 |