N° correlativo | Nombre del mecanismo de participación ciudadana | Descripción del mecanismo de participación ciudadana | Tiene consejo consultivo (Si / No) |
Requisitos para participar | Propósito de la aplicación o implementación del mecanismo | Participantes y/o beneficiarios | Enlace a mayor información | Enlace a consejo consultivo |
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1 | Acceso a la Información relevante | El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pondrá en conocimiento público información relevante acerca sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible. | NO | Proveer datos de identificacion básica:individualización del solicitante de acceso a la información pública, de conformdidad al artículo 12° de la Ley N° 20.285. | Entregar información relevante a la ciudadanía sobre los ámbitos de acción del Ministerio, respetando los criterios de calidad de la atención de manera oportuna y ampliamente accesible. | Ciudadanía en General | Ver enlace | Ver mayor información |
2 | Cuenta Pública Participativa | Son espacios de diálogo abierto entre la autoridad pública, los representantes de la sociedad civil y la ciudadanía en general, que permiten a la autoridad pública rendir cuenta anual de la gestión de políticas públicas, y a los ciudadanos ejercer control social sobre la administración pública. | SI | Sin requisitos para el proceso virtual, para el proceso presencial, se comunicarán de manera oportuna, en el caso de Existir | Informar a los ciudadanos y ciudadanas sobre la gestión realizada y recoger opiniones, comentarios y sugerencias sobre lo informado, promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad | Representantes de las organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general | Ver enlace | Ver mayor información |
3 | Consulta Ciudadana | El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con el objeto de mejorar las políticas públicas que desarrolle, pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, las materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opinión de las personas. Se procurará respetar criterios de representatividad, diversidad y pluralismo. Podrá desarrollar procesos de consulta virtual y presencial, siendo la modalidad definición del Ministerio. | SI | No | Incorporar la visión y opinión de la ciudadanía para el diseño, mejora o evaluación de políticas, planes y/o programas que el Ministerio realiza. | Ciudadanía en general | Ver enlace | Ver mayor información |
4 | Consejos de la Sociedad Civil | Consejo Consultivo Nacional de la Subsecretaría del Interior, cuyo objeto es la discusión y análisis de aspectos relacionados con Migraciones, Seguridad Pública, Emergencias y prevención y Rehabilitación del Consumo y Persecución al tráfico de Drogas. | SI | Ser representante de una organización de la sociedad civil sin fines de lucro, cumplir con los requisitos señalados en el Reglamento del Consejo, contenido en la Resolución Exenta N° 2.235, de 2018, de la Subsecretaría del Interior. | Institucionalizar el análisis y la discusión de la sociedad civil, a través de la participación de la ciudadanía mediante evaluación, opiniones y propuestas de políticas públicas, planes y programas de Estado. | El Consejo está integrado por 24 miembros, electos de acuerdo al procedimiento establecido en el reglamento. | Ver enlace | Ver mayor información |