Subsecretario del Interior valoró pronunciamiento del Tribunal Constitucional respecto de la privacidad de los correos electrónicos
Rodrigo Ubilla afirmó que el TC sienta un precedente claro respecto de la defensa de los derechos de los funcionarios públicos.
Como un precedente claro respecto de la defensa de los derechos de los funcionarios públicos, calificó el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, la favorable acogida que dio el Tribunal Constitucional al requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 5° de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, que presentó a esta instancia en diciembre de 2011, luego de que el Consejo para la Transparencia interpretara que sus correos electrónicos constituían información pública.
El caso se remonta al año pasado, cuando el Consejo para la Transparencia dictó una resolución que obligaba al subsecretario del Interior a dar a conocer los correos electrónicos intercambiados con la Gobernación de Melipilla, relativos a las transferencias de fondos efectuadas a esa entidad con ocasión del terremoto del 27 de febrero de 2010.
“Estamos satisfechos con este pronunciamiento del Tribunal Constitucional, porque salvaguarda garantías constitucionales de los funcionarios, al recoger las razones, principios y derechos que hemos defendido en este caso”, sostuvo Rodrigo Ubilla.
El subsecretario del Interior recordó que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública respondió en su momento al requerimiento del alcalde de Melipilla entregando toda la documentación respectiva, como resoluciones, circulares, oficios e informes de inversión, sin embargo, ello no fue suficiente para el edil, quien recurrió al Consejo para la Transparencia, exigiendo la entrega de los correos electrónicos.
El subsecretario del Interior concluyó que “todos queremos un país más transparente, pero esta búsqueda de la transparencia no puede afectar el derecho a la privacidad de los funcionarios públicos. El hecho de que el Tribunal Constitucional acogiera nuestro requerimiento, asegura el derecho a la privacidad de miles de funcionarios públicos que podrían haber sido afectados por una resolución en contrario. El segundo principio que ha quedado resguardado gracias a este pronunciamiento, es el de la existencia de un espacio deliberativo, privado, para la correcta adopción de políticas públicas que ayuden al bien común de la Nación”.