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Subsecretario del Interior aclaró la forma en que se debe proceder ante una solicitud de refugio

Subsecretario del Interior aclaró la forma en que se debe proceder ante una solicitud de refugio

Rodrigo Ubilla indicó que la Ley 20.430 es coherente con la Convención de 1951 de Naciones Unidas.

El subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, detalló esta tarde la forma en que se debe abordar una solicitud de refugio, de acuerdo a la Ley 20.430 de marzo de 2010 y de los convenios internacionales ratificados por Chile.

En primer lugar, Ubilla aseveró que un Gobierno está impedido de dar información específica respecto de las personas que solicitan refugio no obstante, sostuvo que respecto del procedimiento que establece la ley, éste indica que cada vez que una persona formaliza una solicitud de refugio, se le extiende una visa temporaria por ocho meses, la que se debe renovar, en tanto no se resuelva la solicitud.

“Desde el año pasado, Chile cuenta con una nueva legislación en materia de refugio. Este cuerpo legal nos pone a tono con distintos países en esta materia y, sobretodo, nos da una coherencia total con los convenios firmados por el país”, explicó el subsecretario del Interior.

Rodrigo Ubilla señaló que una vez que se recibe una solicitud, ésta es tramitada por la Secretaría Técnica de la Comisión de Reconocimiento a la Condición de Refugiado. Una vez que ésta recopila los antecedentes, la comisión, que preside el jefe de Extranjería e integran dos representantes del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dos del Ministerio de Relaciones Exteriores y uno del Acnur, con derecho a voz, sugiere el otorgamiento o rechazo de la solicitud al subsecretario del Interior, quien es el encargado de resolver.

La ley establece tres cláusulas de exclusión que debe evaluar la Comisión: que la persona respecto de la cual existan fundados motivos de haber cometido alguno de los siguientes actos: delito contra la paz, delito de guerra o cualquier otro delito contra la humanidad definido en algún instrumento internacional, ratificado por Chile; grave delito común fuera del territorio nacional y antes de ser admitido como refugiado; y actos contrarios a los principios y finalidad de la carta de Naciones Unidas.

“Con respecto a lo que se ha comentado en relación a que Chile debería actuar de acuerdo a la Convención del 51 de Naciones Unidas en materia de refugio, podemos señalar que la legislación chilena es absolutamente coherente con esa convención y otras que dicen relación con materias de Derechos Humanos. En ese sentido, Chile, como ha sido tradición, va a respetar su legislación y los convenios firmados”, indicó Ubilla.

11 DE SEPTIEMBRE

Consultado por la próxima conmemoración del 11 de septiembre, el subsecretario del Interior hizo un llamado a la ciudadanía a recordar esta fecha con tranquilidad y señaló que Carabineros garantizará, como de costumbre, el orden público. “El orden público no se logra con declaraciones más o declaraciones menos, se logra con las medidas pertinentes y oportunas de Carabineros que son los responsables de garantizarlo”.