Será ley: aprobado por unanimidad proyecto que permite uso de cámaras en operativos policiales como medio de prueba
Iniciativa, que forma parte de la agenda priorizada de seguridad, “protege a los funcionarios policiales y da garantías a la ciudadanía”, destacó la Ministra Tohá.
En forma unánime, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el proyecto que establece la obligatoriedad de efectuar registros audiovisuales en el contexto de actuaciones policiales, con lo que la iniciativa está lista para su promulgación y se convierte en un nuevo avance en la agenda priorizada de seguridad, que totaliza 15 leyes de un total de 31 textos.
Esta iniciativa habilita a las policías para utilizar sistemas de registro y almacenamiento audiovisual, ya sea en lugares públicos, de libre acceso u otros que permita la ley y normar su utilización en procedimientos penales como medio de prueba.
La ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, valoró esta aprobación, ya que el texto “va a establecer por ley la validez de los registros que hacen las cámaras que ocupan los policías”, lo que hasta hoy solo es factible si lo aprueba el juez de la causa.
En una primera etapa, la medida aplicará en las unidades especiales de Carabineros – Control de Orden Público (COP), OS7 y OS9 – y de la PDI, las brigadas de Investigación Criminal, de Antinarcóticos, de Reacción Táctica, de Crimen Organizado y de Operaciones Especiales. Dicha fase, con un costo de 7 mil millones de pesos anuales, contempla 4.433 cámaras, con un alcance que se irá redefiniendo y ampliando cada tres años, en la medida de que se establezcan nuevas necesidades.
“Protege, por una parte, a las personas respecto de las cuales actúan las policías, evitando abusos policiales, pero protegen también a las policías, evitando denuncias irresponsables e infundadas”, sostuvo la ministra Tohá.
Una vez promulgada la ley, se establecerá por decreto supremo qué unidades deberán utilizar estos sistemas y será actualizada conforme a las solicitudes de las propias policías, con aprobación de los ministerios del Interior y Seguridad Pública y Hacienda.
La nueva norma establece que las imágenes y/o sonidos registrados deberán ser entregados al Ministerio Público y su contenido será reservado, secreto que deberá ser guardado estrictamente por el personal que acceda a los archivos. Agrega que se deberá garantizar la integridad del registro y respaldo para su posterior tratamiento en la investigación y se multará a los funcionarios policiales que modifiquen o alteren su contenido.
La ausencia de grabación no será impedimento para la validez del procedimiento, como tampoco, implicará la exclusión de prueba. En tanto, la falta de integridad de la grabación tampoco significará su exclusión.